
La Ley establece 6 causas para rechazar una Factura de Crédito Electrónica.
Las mismas son taxativas, motivo por el cual, no hay otras causas para rechazar una Factura de Crédito Electrónica.
Por ejemplo, el receptor no podrá rechazar la misma debido a un problema de sus sistemas de gestión o porque no tiene la orden de compra aprobada.
El Art. 8 de la Ley 27.440 establece las siguientes causas de rechazo:
- Daño en las mercaderías, cuando no estuviesen expedidas o entregadas por su cuenta y riesgo;
- Vicios, defectos y diferencias en la calidad o en la cantidad, debidamente comprobados;
- Divergencias en los plazos o en los precios estipulados;
- No correspondencia con los servicios o la obra efectivamente contratados;
- Existencia de vicios formales que causen su inhabilidad, lo que generará la inhabilidad de la factura de crédito electrónica MiPyMEs tanto como título ejecutivo y valor no cartular, así como documento comercial;
- Falta de entrega de la mercadería o prestación del servicio;
Ahora bien, ¿Cómo me entero del rechazo de una Factura de Crédito? y ¿Qué hago ante el Rechazo de la Factura de Crédito Electrónica?
Muy buen articulo, muy recomendable! Reciba un cordial saludo.