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El BCRA impulsa las Facturas de Crédito Electrónicas. ¿Qué va a suceder con las «plataformas»?

octubre 30, 2020 por Sebastián M. Dominguez 2 comentarios

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, a través de una Resolución 103/2020 (B.O. 15/10/2020), autorizó al BCRA a implementar el «Sistema de Circulación Abierta para Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs» propuesto por el BCRA.

En relación a este sistema, el BCRA emitió un comunicado indicando que las MiPyMEs podrán operar las Facturas de Crédito Electrónicas directamente desde los portales y aplicaciones de las entidades financieras, en condiciones similares a la operación de los cheques electrónicos (ECHEQ).

El objetivo del mismo es impulsar su utilización como fuente de financiamiento para las micro, pequeñas y medianas empresas. 

El nuevo esquema propuesto por el BCRA funcionará a través de los portales de las entidades financieras y tiene como objetivo que las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs puedan ser gestionadas como los cheques electrónicos (ECHEQ). 

Una vez que las facturas sean aceptadas por el cliente, en forma inmediata aparecerán disponibles en los portales de las entidades financieras para que los emisores de las mismas puedan descontarlas en los bancos, compañías de seguro o fondos de inversión, enviarla para su negociación a los mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores o presentarla al cobro a la fecha de vencimiento.

El BCRA ha indicado: «En la actualidad, unas 138 mil MiPyMEs emiten más de $200.000 millones en Facturas Electrónicas, con riesgo de pago de 1.500 grandes empresas. Esto representa un importante potencial activo financiero para ser gestionado por el mercado de capitales y por el mercado financiero, como ocurre en casi todos los países de la región y del mundo desarrollado.»

El tema es que aún no se conoce en detalle cómo es el sistema.

No obstante, la aplicación del mismo con la información conocida a la fecha, podría dejar fuera de juego a las «plataformas» (contempladas en el art. 13 de la Ley de Financiamiento Productivo Nº 27.440) que hoy son uno de los jugadores en este Régimen.

Archivado en: Negociación

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Comentarios

  1. Alfredo Marseillan dice

    octubre 30, 2020 al 9:53 am

    Hola Sebastián. El art 13 fue escrito pensando en la poca inclusión financiera de las Pymes y en el modelo de Nafin en Mexico, donde las empresas pagadoras impulsan la capacitación financiera de su cadena de proveedores.
    Las nuevas medidas del BCRA impulsan un canal mas, sean todos bienvenidos. Del 0,3% del PBI al 9% que tiene Chile (en descuento de facturas) hay lugar para todos..
    Como frase final: «El mayor impuesto que pagamos en Argentina es el impuesto al desconocimiento».

    Responder
    • Sebastián M. Dominguez dice

      octubre 30, 2020 al 10:02 am

      Hola Alfredo, sin duda es positivo para las MiPyMEs. No obstante, es importante hacer notar que esto puede generar que las plataformas creadas hasta el momento queden fuera del mercado por una cuestión competitiva. Las pymes tienen cuentas en los Bancos y las resultara mas simple operar a traves de los mismos. Ademas los Bancos puede otorgar descuentos de FCE a tasas subsidiadas por el Gobierno y otras cuestiones mas. Las plataformas requieren mucho esfuerzo para que las conozcan, que se abran las cuentas que operen. Es decir, sin duda se beneficiaran las pymes y entiendo que es incierto el futuro de las plataformas. Saludos.

      Responder

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